VENTAJAS
1.- Existencia de Control Interno común ó "Marco de referencia" con el objeto del logro de:
- Efectividad y eficiencia de las operaciones
- Confiabilidad de la Información Económico – Financiera
- Adecuado cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables
2.- Información soportada por tecnología y procesos que se rigen por SOX
3.- Políticas y controles internos diseñados para automatizar los controles de seguridad de los Sistemas de Información.
4.- Procesamiento exacto de la información
5.- Evitar pérdidas de información
Requerimientos que establece la PCAOB en relación al Artículo 404.
- Asesoramiento del diseño y la eficacia del funcionamiento de los controles internos relacionados con el mantenimiento de los balances financieros relevantes.
- Comprensión de la importancia de las transacciones anotadas, autorizadas, procesadas, y contabilizadas.
- Documentar suficiente información sobre el flujo de transacciones para identificar posibles errores o fraudes que hayan podido ocurrir.
- Evaluar la credibilidad de los controles de la compañía, de acuerdo con el “COSO” (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission), organización encargada de identificar fraude financieros.
- Evaluar los controles diseñados para prevenir o detectar fraudes, incluidos los controles a la dirección.
- Evaluar el control del proceso del informe financiero al final de ejercicio.
- Evaluar el control sobre la veracidad de los asientos contables.
Controles Internos
Sección 302 En el artículo 302 de la Ley se establecen los procedimientos internos con el fin de asegurar la transparencia financiera.
Los artículos referentes a controles internos, son quizás los más importantes de la Ley. En el artículo 302 se específica la responsabilidad penal que recae sobre la directiva de la empresa, ya que tienen que firmar unos informes de forma que aseguren la veracidad de los datos que éstos contienen. Los funcionarios firmantes certifican que ellos son responsables.
Esto es un cambio sustancial en lo referente a la legislación pasada, ya que al menos hay una persona que firma y ante posibles irregularidades o fraudes esta persona firmante será la responsable.
Con esto a la auditora externa se le exime de culpa, o al menos de parte de culpa, ya que el informe de auditoría se efectúa a partir de los informes que le concede la compañía. Si el informe que le es entregado a la empresa auditora está mal diseñado, contiene información falsa o está falto de información la responsabilidad, recae sobre el trabajador de la compañía auditada que ha firmado los informes. Esto otorga una independencia declarada y comprobada de la empresa auditora con respecto a la compañía a auditar.
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